Clasificación de las armas de fuego
Para lograr una segmentación adecuada de la peligrosidad del armamento, se ha realizado una clasificación de las armas de fuego de acuerdo a las normativas vigentes que rigen la posesión y manejo de este tipo de instrumentos.
Esta clasificación se desarrolla en base a las armas reglamentadas, es decir, todo aquel armamento que esté permitido bajo las legislaciones. Por lo tanto, excluyen todo tipo de armas que puedan ser excesivamente peligrosas, como las armas de guerra, las inutilizadas y las prohibidas.
Esta clasificación de las armas de fuego permite agrupar las armas reglamentadas de acuerdo a aspectos similares, de modo que se pueden establecer los estatutos, lineamientos y permisologías que se requieren para su tenencia y utilización.
Categorías que conforman la clasificación de las armas de fuego de acuerdo a la Guardia Civil
De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, con fecha del 29 de enero de del mismo año, se crean 7 categorías con distintas subdivisiones, que se publican en el portal de la Guardia Civil y las cuales se enumeran a continuación.
1ª Categoría
Esta primera categoría incluye todo tipo de armas de fuego cortas, donde se engloban las pistolas y revólveres, que no cuenten con características especificadas en otras categorías.
2ª Categoría
En esta categoría de la clasificación de las armas de fuego de la Guardia Civil se incluyen las armas largas, que cumplan con las siguientes condiciones:
- 2ª. 1: Para vigilancia y guardería, donde se incluyen todas aquellas armas de fuego largas que específicamente se determinen por Orden del Ministerio del Interior para tal fin.
- 2ª. 2: Armas de fuego largas rayadas, que incluyen todas aquellas armas usadas para la caza mayor y los cañones de fuego adaptables a escopetas para esta actividad, siempre que no posean características que las califiquen como armas de guerra.
3ª Categoría
- 3ª. 1: Armas largas rayadas para tiro deportivo, donde se engloban las armas calibre 5.6mm, (calibre .22 americano), que sean de percusión anular. Se incluyen los modelos de un solo disparo, de repetición o semiautomáticas.
- 3ª. 2: Escopetas y otras armas largas de ánima lisa. También se incluyen las que posean cañón con rayas que hayan sido marcadas con punzón de escopeta de caza.
- 3ª. 3: Armas detonadas por aire comprimido u otros gases, en la que se incluyen las armas lisas o rayadas, cuya energía cinética del proyectil sea superior a los 24.2 Julios.
4ª Categoría
- 4ª. 1: Carabinas y pistolas, que sean de accionamiento semiautomático y de repetición; así como los revólveres de doble acción, que empleen aire comprimido o cualquier otro gas para su accionar.
- 4ª. 2: Carabinas y pistolas de 1 solo tiro, bien sean de ánima rayada o lisa, así como los revólveres de acción simple que usen aire comprimido o cualquier otro gas para su accionamiento.
5ª Categoría
- 5ª. 1: Armas blancas, siempre y cuando no estén prohibidas.
- 5ª. 2: Cuchillos y machetes militares, incluyendo las imitaciones de los mismos.
6ª Categoría
Este segmento de la clasificación de las armas de fuego está destinado a las armas antiguas o históricas, de acuerdo a las siguientes características.
- 6ª. 1: Armas de fuego antiguas o de carácter histórico, originales o reproducciones, que estén autorizadas por los entes competentes para su conservación en museos.
- 6ª. 2: Modelos que hayan sido fabricados antes del 1 de enero de 1890, o sus respectivas replicas, que no sean capaces de disparar municiones destinadas a armas de guerra o prohibidas.
- 6ª. 3: Demás armas de fuego conservadas por su carácter artístico e histórico.
- 6ª. 4: Armas de avancarga, en las cuales tanto la pólvora como el proyectil se introducen a través de la boca del cañón.
7ª Categoría
- 7ª. 1: Armas de inyección usadas para el control de animales, mediante el lanzamiento de proyectiles con anestesia.
- 7ª. 2: Ballestas
- 7ª. 3: Armas utilizadas para lanzar cabos
- 7ª. 4: Armas con sistema Flobert
- 7ª. 5: Arcos, así como otros dispositivos capaces de disparar proyectiles como líneas de pesca, arpones y fusiles de pesca submarina.
- Revólveres o pistolas que sirvan para realizar detonaciones, donde se incluyen las pistolas lanzabengalas.
En base a esta clasificación de las armas de fuego, se establece qué tipo de licencia o permiso es requerido, así como las condiciones que debe cumplir cada usuario para ser portador y capaz de usar cada uno de estos instrumentos.